Accede al recurso
La presentación de este recurso fue acordada de forma unánime por el Pleno de la Junta de Personal.
Dicha convocatoria de 183 plazas de Responsable de Negociado adolece, a criterio de este órgano, de incumplimientos de la normativa estatal y de la propia Universidad de Granada (reglamento del PAS, resolución de concesión de comisiones de servicio internas).
Por una parte, no parece conforme con la normativa mantener puestos vacantes (cubiertos temporalmente, por urgente e inaplazable necesidad), sin incluir en dicho proceso, pues la única razón de su cobertura provisional es la espera de convocatoria del concurso (que es la forma habitual de provisión).
Por otro lado, no parece razonable ni ajustado a derecho continuar con un puesto vacante y cubierto de forma provisional (procedimiento excepcional), cuando existe la oportunidad de incluirlo en un concurso (procedimiento ordinario) que se convoca en el mismo ámbito y sector.
Además, hay que denunciar que únicamente se haya convocado un concurso de plazas de Responsable de Negociado de Administración cuando también han quedado vacantes:
• Plazas del sector de Administración de niveles superiores.
• Plazas de los sectores de Bibliotecas, Informática y Profesional.
La provisionalidad no solo existe entre las plazas objeto del concurso recurrido. Se extiende a plazas de todos los sectores.
Por ello, en relación a la convocatoria recurrida, la Junta de Personal solicita que se declare nula la convocatoria, por incumplir preceptos legales de obligado cumplimiento, y que en su lugar se dicte otra que incluya todas las plazas que realmente están vacantes y que existe necesidad de cobertura.
¡NEGOCIACIÓN LEAL y REAL YA!
Junta de Personal de Administración y Servicios